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Estimados Usuarios, nos permitimos informar que con base en la Carta de Derechos y Deberes de los Servicios de Salud, pueden elegir libremente la IPS de su preferencia dentro de la red disponible y el Profesional de Salud que deseen para sus tratamientos; lo anterior en observancia del Artículo 2.5.2.1.1.6 Régimen de la libre escogencia (páginas 173 a la 175) del Decreto No. 780 de 06 de mayo de 2016, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social”.
 
A continuación, se detalla las Entidades Responsables de Pago con las que tenemos contratación vigente:
 
 

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